Caquetá

Debate de control político de la Secretaría de movilidad de Florencia ante el Concejo.

Descargar documento completo: https://bit.ly/4fEZIsG

Un amplio cuestionario contestó el secretario de Movilidad de Florencia, Jaime Eduardo Becerra Correa, en el Concejo capitalino. La respuesta a algunos interrogantes de los concejales muestra la gestión de la secretaría y por ende los bajos resultados frente a la gestión de años anteriores.

En cifras, el número de comparendos y multas de tránsito impuestas en jurisdicción del municipio de Florencia en los últimos cinco años es el siguiente:

 20202021202220232024
Comparendos11.8359.98114.64819.9328.074

Fuente: SIMIT                                                                                   Cifras 2024: con corte a 30 de octubre

Las cifras del 2024 muestran un decrecimiento del 59 por ciento, frente a los resultados del año 2023 y también es inferior a los resultados del año 2021. De igual manera los ingresos por el concepto de multas presentan una disminución significativa. Mientras que en el año 2023 se recaudaron 2.139 millones 550.853 pesos, en lo corrido del 2024 el recaudo es de 1.072 millones 485.456 pesos, un por 47,75 por ciento de lo presupuestado para la actual vigencia, que esta aforada en 2.245 millones 982.000 pesos.

En la pregunta número 13, se le solicitó al funcionario sobre las funciones que seguirá ejerciendo la secretaria de Transporte y Movilidad, ante las facultades entregadas a DICITEC SEM, contenidas en el convenio 009 de 2024, en el cual se tercerizan algunos procesos misionales del ente de tránsito. A lo cual se respondió que es muy importante aclarar que el convenio interadministrativo no entrega facultad o competencia alguna que le sea propia a la Secretaría de Transporte y Movilidad, esto significa que la Secretaría de Transporte y Movilidad seguirá ejerciendo sin cambio ni delegación todas y cada una de las facultades legales que viene ejerciendo en la actualidad sin que haya ninguna modificación orgánica ni administrativa en la Secretaría por cuenta de la ejecución del convenio interadministrativo.

Agregó que el convenio está orientado exclusivamente a que la Secretaría reciba apoyo técnico, tecnológico, logístico y operativo para desplegar en su favor una serie de componentes informáticos, elementos de hardware computacional y ofimático, redes de datos y conectividad de alto rendimiento, dispositivos tecnológicos de validación para la interacción entre la Secretaría con los sistemas nacionales de información RUNT y SIMIT necesarios para la prestación de los servicios al ciudadano de cuyo resultado queda registro en las bases de datos nacionales.

Sobre la pregunta 24. ¿Cuál es el alcance del contrato de comodato 2024007 y cuál es el número proyectado de fotomultas y el valor proyectado a recaudar con la instalación de la cámara fotomulta entregada en comodato al municipio?, el funcionario contestó que conforme al Estudio de necesidad y conveniencia previo, que originó el Contrato de Comodato No. 20240007, está establecido como alcance del mismo, lo siguiente: “El MUNICIPIO recibirá a título de préstamo un bien (una cámara ALPR), con la finalidad de garantizar el cumplimiento de la función pública a través del fortalecimiento del recaudo del ingreso en los municipios y coadyuvar en la disminución de siniestros viales, mediante la implementación y puesta en operación de dicho dispositivo a través de la suscripción de un contrato de comodato con la entidad DATA TOOLS SAS operador zonal de la Federación Colombiana de Municipios.

Dijo que la CAMARA ALPR es un mecanismo de detección de infracciones; este dispositivo no se encuentra dentro de los regulados por la Ley 1843 de 2017, pero es solamente de detección y no puede considerarse como cámara fotomulta. Para la imposición de la multa, el dispositivo no genera un comparendo, sino que detecta la infracción y notifica al sistema en el puesto de control donde están los agentes que uno o algunos de los vehículos que van llegando, por ejemplo, no cuenta con el seguro, o no cuenta con CDA. No es una cámara que este ubicada en un solo sitio, sino que es móvil, se puede transportar e instalar en un trípode antes del puesto de control.

En el interrogante 25, ¿Cuantas rutas de transporte público colectivo existen operando y que porcentaje de ciudadanos se están atendiendo (cobertura)?, el secretario respondió únicamente con la relación del número de pasajeros que moviliza la empresa Cyberbus, que en 10 meses suman 868.462 pasajeros. Pero también señaló el inminente cierre de las dos rutas que maneja la empresa provisional, las cuales están en oferta para empresas interesadas.

Movimiento de pasajeros en busetas de Cyberbus

El cuestionario completa y sus correspondientes respuestas se pueden descargar en el enlace: https://bit.ly/4fEZIsG

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