La suscripción de un convenio interadministrativo, suscrito entre la alcaldía de Florencia y la empresa de economía mixta DICITEC SEM, ha generado una gran polémica en redes sociales, líderes de opinión y veedores ciudadanos.
La controversia fue discutida en una sesión de control político a la secretaría de transporte y movilidad, en cabeza del abogado Jaime Eduardo Becerra Correa en el Concejo capitalino. En éste se conocieron voces a favor y en contra de la forma como se realizó el convenio, el cual fue firmado por el secretario de Gobierno Carlos Mora, por delegación de funciones como Alcalde y no por el titular del cargo Marlon Monsalve Ascanio.
Los concejales citantes, Leonardo Ramírez Jiménez y Sneider Parra López, coincidieron en señalar las dudas que presenta la suscripción del convenio, porque todo indica que es un contrato, ya que el tercero se lucra de los derechos de tránsito e ingresos por multas y además, se necesitaba aprobación de vigencias futuras. por parte del concejo de Florencia.
La mayoría de Concejales, a pesar de tener aún dudas de la forma de contratación, se inclinaron a respaldar a la administración invocando la necesidad de tener una mayor cultura ciudadana en la movilidad y la necesidad de tener una secretaría mas moderna y con mayor respaldo tecnológico, sin analizar las proyecciones de ingresos que implica el convenio.
El objeto del convenio se enuncia como: “la asistencia técnica tecnológica operativa y logística al organismo de tránsito municipal para la actualización tecnológica y dotacional necesaria para el despliegue de la solución operacional para la prestación de los servicios de tránsito y apoyo a la autoridad en materia de control por medio de la disposición en favor del organismo de tránsito de plataformas de servicio herramientas y dispositivos tecnológicos recursos técnicos vehículos y bienes dotacionales para la mejora en el ejercicio de sus competencias en manera de atención al ciudadano y gestión del control al cumplimiento de las normas de tránsito en el marco de la acción Autónoma de la autoridad de tránsito por parte del municipio de Florencia en su territorio”. El cual no define directamente la tercerización, por la ejecución del proceso misional de recaudo de derechos, multas y procesos coactivos, pero las actividades y obligaciones lo dejan entrever en varios apartes del documento.
El convenio se suscribió por un valor indeterminado, pero lo calcularon en 3.641 millones 470.080 pesos, qué corresponde al monto de los compromisos presupuestales que tiene que asumir para la implementación de las fases indicadas en el alcance del objeto del convenio. Sin embargo hay voces disonantes que indican que el valor del contrato sería la sumatoria de los ingresos estimados cada año de la duración del mismo.
El plazo que señalaron los convenientes es de 10 años. El término está justificado en la duración con la que los permisos para la operación del sistema de fiscalización electrónica son expedidos lo cual corresponde a 5 años, además de los 5 años de término de cobro y duración de la obligación pecuniaria que el estatuto tributario otorga a la multa de tránsito.
El trasfondo de la polémica: ¿Es un convenio o es un contrato?, implicaciones.
Las intervenciones de los concejales Jovanny Vásquez Gutiérrez y Álvaro Hernández Salazar, avivaron el debate sobre la legalidad del convenio. Señalaron que este tipo de convenios están prohibidos por la ley 1386 de 2010, la cual indica: “No se podrá celebrar contrato o convenio alguno, en donde las entidades territoriales, o sus entidades descentralizadas, deleguen en terceros la administración, fiscalización, liquidación, cobro coactivo, discusión, devoluciones, e imposición de sanciones de los tributos por ellos administrados. La recepción de las declaraciones, así como el recaudo de impuestos y demás pagos originados en obligaciones tributarias podrá realizarse a través de las entidades autorizadas en los términos del Estatuto Tributario Nacional, sin perjuicio de la utilización de medios de pago no bancarizados.”
Para Jovanny Vásquez Gutiérrez, el convenio se venía estructurando con anticipación, al verificar la dirección de la secretaría de movilidad que consta en el convenio. Además, fue enfático y reiterativo, sobre los verdaderos alcances del convenio, sobre todo en el monto de participación de los recaudos esperados, para el municipio el 35 por ciento y para DICITEC el 65 por ciento en las principales fuentes de ingreso. En lo relacionado con grúas y parqueaderos la distribución será del 30 por ciento para el municipio y el 70 por ciento para DICITEC. Esto conllevaría, a que esta nueva alianza, necesite recursos por un alto monto para equilibrar los ingresos que hoy recibe la administración por estos conceptos.
El concejal Jovanny Vásquez, de amplia experiencia en el sector transporte, pidió públicamente la renuncia de secretario de movilidad Jaime Eduardo Becerra Correa, por el no cumplimiento de requisitos para el cargo.
Próxima entrega: Las respuestas del secretario al cuestionario enviado por los concejales y cuánto es el recaudo anual por los conceptos relacionados con los derechos de tránsito y multas y cuánto debe recaudar el tercero para no desfinanciar al municipio.





